lunes, 5 de julio de 2021

Nuestra cita cotidiana

 

El 5 de julio de 1518 comenzó, en Estrasbugo, la “epidemia del baile”. “@RelatandoHistori1 “ lo cuenta así: https://twitter.com/relatandohisto1/status/1147113062853414914

Uno de los sucesos más extraños de la historia: en Estrasburgo, el 05/07/1518 FrauTroffea empezó a bailar en la calle de forma descontrolada durante una semana. Pronto se unieron unas 30 personas, y al mes había 400 personas bailando sin parar

 

Amado Herrero añade datos en su artículo: “La extraña epidemia de baile que recorrrió las calles de Estrasburgo hace 500 años”: https://www.elmundo.es/ciencia-y-salud/salud/2019/07/27/5d3b0048fc6c83a25c8b4646.html

 

Aunque el relato parezca sacado de un cuento del Decamerón o del argumento de un musical de Broadway, se trata de un episodio bien documentado, que aún hoy intriga y desconcierta a médicos e historiadores. En vista de las proporciones que tomó el asunto, las autoridades locales se vieron obligadas a buscar una solución. Consultaron con sabios y médicos que, en su mayoría, aconsejaron realizar sangrados -remedio multiusos de la época- aunque finalmente se optó por una salida mucho más imaginativa: habilitar un espacio público para que continuasen bailando. Así el mercado de grano que se hallaba detrás de la catedral fue requisado. Se instalaron plataformas y se contrató a músicos para acompañar a los danzantes. Una rave renacentista financiada con dinero municipal.

JhonValler lo plantea muy bien en su artículo: “La extraña plaga de la danza que cobró miles de vidas en la Europa del siglo XVI”: https://www.bbc.com/mundo/noticias-42641299

 

Mi explicación es que los bailarines estaban en trance. De lo contrario, no habrían podido bailar durante tanto tiempo.

Sabemos que es más probable que el estado de trance ocurra en personas que sufren una angustia psicológica extrema y que creen en la posibilidad de posesión espiritual. Todas estas condiciones se cumplieron en Estrasburgo en 1518.

Los pobres de la ciudad sufrían de hambrunas y enfermedades severas. Y, lo que es más importante, también sabemos que creían en un santo llamado San Vito que tenía el poder de controlar sus mentes e infligir un baile terrible y compulsivo.

La anticipación de esa maldición sumada a la alta vulnerabilidad de las personas aumentó la probabilidad de que entraran en el estado de trance. Y una vez en él, representaron el papel del maldito: bailando salvajemente durante días a la vez.

 

Así que la epidemia, sostengo, fue el resultado de la desesperación y el temor piadoso.

El 5 de julio de 1950 el parlamento is111raelí aprobó la Ley del Retorno. Wikipedia lo presenta muy bien: “Historia de la ley del Retorno”: https://es.wikipedia.org/wiki/Ley_del_Retorno

Una de las principales aspiraciones del sionismo, movimiento fundador de Israel, era la inmigración de cuantos judíos fuera posible a lo que entonces era el Mandato Británico de Palestina; así, desde el nacimiento del sionismo, numerosos judíos, animados tanto por estas ideas como por la terrible situación que vivían en Europa, se trasladaron a Israel. Cuando, tras aprobar la ONU un plan para la creación de un estado judío y otro árabe en la región, surgió el Estado de Israel, pareció natural que hubiera una ley que continuara la política de favorecer la inmigración judía, aunque los movimientos migratorios importantes de judíos regresando a su hogar ancestral se iniciaron en el siglo XIX.

Cuando acabó la Guerra de Independencia, la Knéset, el parlamento israelí, aprobó el primer texto de la Ley del Retorno (5 de julio de 1950). Este primer borrador concedía trato de oleh (inmigrante en hebreo, forma femenina: olah, plural: olim) a todo judío que deseara establecerse en Israel. La posterior Ley de Ciudadanía (1 de abril de 1952) otorgaba nacionalidad israelí a todos los olim (deriva del verbo laalot, que significa ascender en hebreo).

La Ley del Retorno ha sufrido dos modificaciones en su historia.4 La primera de ellas en 1954, de carácter técnico y la segunda de ellas en 1970, para extenderla al cónyuge de un oleh y a sus hijos y nietos, junto a sus respectivos cónyuges. Esta segunda extensión de la ley, que permite la obtención de la ciudadanía a cualquier persona que hubiera sido perseguida bajo las Leyes de Núremberg de la Alemania nazi, pretendía facilitar la emigración de las familias cuyos miembros no fueran todos judíos, así como de descendientes de judíos.

 

 Gracias a l@s 902 que acudisteis a la cita de ayer

Gracias a Iris

Gracias a ti

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